Alicia Pau Llopis · Abogada en Alzira (ICA Alzira, colegiada nº 2634) · Actualizado el 20 de octubre de 2026
Respuesta corta: se multiplican los días de indemnización que te corresponden por cada año trabajado por tu salario diario. En un despido improcedente son 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades; en un despido objetivo, 20 días por año, con un máximo de 12; y al terminar un contrato temporal, 12 días por año. Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, ese primer periodo se calcula a 45 días por año.
Lo esencial
- ✔ Improcedente: 33 días por año (45 por el tiempo anterior al 12‑02‑2012). Tope: 24 mensualidades.
- ✔ Objetivo: 20 días por año. Tope: 12 mensualidades.
- ✔ Fin de contrato temporal: 12 días por año.
- ✔ Salario diario: tu salario bruto anual, con pagas extra, dividido entre 365.
- ✔ Plazo para reclamar: 20 días hábiles desde el despido.
Paso 1: qué tipo de despido es
| Situación | Días por año trabajado | Tope |
|---|---|---|
| Despido disciplinario declarado procedente | Sin indemnización | — |
| Despido improcedente | 33 (45 por el tiempo anterior al 12‑02‑2012) | 24 mensualidades (régimen anterior: hasta 42) |
| Despido objetivo | 20 | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 | — |
| Despido nulo | Readmisión inmediata y salarios dejados de percibir | — |
Que la empresa diga que el despido es disciplinario u objetivo no lo convierte en procedente: si no se acreditan los hechos o las causas, o no se cumplen los requisitos de forma, el juez puede declararlo improcedente (arts. 53 y 55 ET). Ahí cambia mucho la cifra.
Paso 2: tu salario diario
Se parte del salario bruto anual: el mensual por el número de pagas, incluidas las extras, y los complementos salariales fijos. Se divide entre 365. Por ejemplo, 1.800 € brutos en 14 pagas son 25.200 € al año, es decir, 69,04 € al día. Las dietas y los gastos de desplazamiento no suelen contar.
Paso 3: tu antigüedad
Se cuenta desde que empezaste a trabajar en la empresa hasta el despido. Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses (arts. 53 y 56 ET) y, según la práctica de los tribunales, la fracción de mes cuenta como mes completo. Si encadenaste contratos temporales sin interrupciones importantes, puede contar todo el tiempo.
Tres ejemplos
| Caso | Cálculo | Indemnización |
|---|---|---|
| Indefinido desde el 1‑3‑2020, despedido el 1‑10‑2026; 1.800 € × 14 pagas. Improcedente | 6 años y 7 meses × 33 = 217,25 días × 69,04 € | 14.999 € |
| El mismo caso, despido objetivo procedente | 6 años y 7 meses × 20 = 131,67 días × 69,04 € | 9.090 € |
| Indefinido desde el 1‑6‑2008, despedido el 1‑10‑2026; 2.000 € × 14 pagas. Improcedente | Hasta el 12‑02‑2012: 3 años y 9 meses × 45 = 168,75 días. Después: 14 años y 8 meses × 33 = 484 días. Total: 652,75 días × 76,71 € | 50.074 € |
| Temporal de 2 años, 1.500 € × 14 pagas, fin de contrato | 2 años × 12 = 24 días × 57,53 € | 1.381 € |
Ejemplos orientativos con salario bruto y meses completos. Tu cifra real depende de tu nómina y de tu convenio.
Si empezaste antes del 12 de febrero de 2012
La reforma laboral de 2012 bajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Para los contratos anteriores se calcula por tramos: 45 días por año hasta el 12‑02‑2012 y 33 días desde entonces. El total no puede pasar de 720 días de salario, salvo que el primer tramo ya los supere: en ese caso el tope es lo que salga de ese tramo, con un máximo de 42 mensualidades (disposición transitoria undécima del ET).
Calcula la tuya
Calcula tu indemnización por despido
Orientativa, con las reglas del Estatuto de los Trabajadores. El importe exacto depende de tu nómina y de tu convenio.
Cálculo orientativo: salario diario = salario bruto anual ÷ 365; los periodos inferiores a un año se prorratean por meses (la fracción de mes cuenta como mes completo). No incluye finiquito, vacaciones ni salarios de tramitación. Para saber qué te corresponde de verdad, la primera consulta telefónica es gratuita.
Indemnización no es lo mismo que finiquito
El finiquito es lo que la empresa te debe por el trabajo ya hecho: el salario de los días del último mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. Te corresponde siempre, sea cual sea el motivo del despido. La indemnización es una compensación aparte por perder el empleo y solo existe en los casos de la tabla.
¿Hay que pagar IRPF?
La indemnización está exenta en la cuantía obligatoria que marca el Estatuto de los Trabajadores, con un límite de 180.000 € (art. 7.e de la Ley del IRPF). Lo que se pacte por encima tributa. En los despidos improcedentes, para que la exención se aplique, la improcedencia debe reconocerse en la conciliación o en una sentencia.
El plazo: 20 días hábiles
Para reclamar contra un despido tienes 20 días hábiles desde la fecha del despido (art. 59.3 ET y art. 103 LRJS). No cuentan sábados, domingos ni festivos. Antes del juicio hay que intentar la conciliación ante el servicio administrativo correspondiente, y presentar esa papeleta suspende el plazo. Si te dan el finiquito, puedes firmar «recibido, no conforme».
Preguntas frecuentes
¿Me pueden despedir sin indemnización?
Sí, en un despido disciplinario que el juez considere procedente. Por eso conviene revisar la carta y los hechos antes de que pase el plazo.
¿Qué pasa si la empresa no me paga la indemnización?
Se puede reclamar en la conciliación y, si no hay acuerdo, en el juzgado de lo social. Si la empresa es insolvente, el FOGASA responde con ciertos límites.
¿Puedo cobrar el paro si me despiden?
Sí, el despido te permite pedir la prestación por desempleo si tienes el periodo de cotización necesario, aunque reclames contra el despido.
¿Cuánto tarda un juicio por despido?
Depende de la carga del juzgado. Muchos casos se cierran antes, en la conciliación, con un acuerdo sobre la indemnización.
Base legal: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), arts. 49.1.c, 53, 55, 56 y 59 y disposición transitoria undécima; Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, arts. 63 y 103; Ley 35/2006 del IRPF, art. 7.e. Información general a 20 de octubre de 2026; no sustituye al estudio de tu caso.
¿Te han despedido? No dejes pasar los 20 días
La primera consulta telefónica es gratuita. Reviso tu carta de despido, tus nóminas y tu contrato, y te digo qué te corresponde. Atiendo en Alzira con cita previa, por teléfono y online, de lunes a viernes de 9 a 19 h.
Lunes a viernes, de 9:00 a 19:00. Más información en la página de abogada laboralista en Alzira.